Según fuentes del Ministerio de Cultura y Deporte, el 22 de marzo de 2022 el Consejo de Ministros aprobó el primer paquete de medidas para el desarrollo del Estatuto del Artista, con el objetivo adecuar el régimen laboral y de Seguridad Social de los y las artistas a la realidad actual, atendiendo a las peculiaridades esenciales que caracterizan su actividad.

Este paquete de medidas es el resultado de seis meses de trabajo de los 3 Ministerios coproponentes (Ministerio de Trabajo y Economía Social; Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y Ministerio de Cultura y Deporte) en el seno de la Comisión Interministerial, constituida el 22 de septiembre de 2022 (compuesta por los Ministerios de Cultura y Deporte; Trabajo y Economía Social; Inclusión, Seguridad Social y Migraciones; Hacienda y Función Pública; Educación y Formación Profesional; Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática; y Universidades). Por su parte, el trabajo permanente con las entidades representantes del sector de la cultura ha sido imprescindible para alcanzar un consenso entre todas las partes.

El Gobierno ha aprobado el Real Decreto-ley 5/2022, por el que se adapta el régimen de la relación laboral de carácter especial de las personas dedicadas a las actividades artísticas, así como a las actividades técnicas y auxiliares necesarias para su desarrollo, y se mejoran las condiciones laborales del sector. Destacan 4 novedades principales:

  • Creación del contrato laboral artístico de duración determinada. Contrato específico que se adapta a la intermitencia de la actividad artística. Para su aplicación, se requiere detallar la causa de temporalidad, las circunstancias concretas que la justifican y el vínculo necesario con la duración prevista.
  • Adaptación y ampliación de la definición de espectáculo público. Se amplía el ámbito subjetivo del Real Decreto 1435/1985 para incluir a las personas que desarrollan actividades técnicas y auxiliares en el ámbito de la cultura.
  • Reconocimiento de la excepcionalidad de los artistas, técnicos y auxiliares. Los contratos de menos de 30 días, realizados al amparo de la relación especial de artistas y técnicos, estarán excluidos de efectuar la cotización adicional para proteger y reconocer así la especificidad temporal que caracteriza al sector.
  • Adecuación de las cuotas de autónomos. Se prevé un desarrollo normativo para el tratamiento singular en la cotización del régimen de trabajadores autónomos para los artistas con ingresos anuales inferiores a 3.000 euros.

Cabe señalar que, la Comisión Interministerial está cerca de alcanzar acuerdos relativos a dos terceras partes de las medidas reales incluidas en el informe de la Subcomisión para la elaboración del Estatuto del Artista, aprobado por el Congreso de los Diputados en 2018. La elaboración del Estatuto del Artista es una de las reformas incluidas en el Componente 24 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.