En 2016, la Comisión Europea propuso un Plan de Acción para apoyar a los Estados miembros en la integración de nacionales de terceros países, así como una propuesta jurídica para reformar las normas sobre los migrantes altamente cualificados que vienen a trabajar a la Unión Europea.

Esta última propuesta se refiere a la Directiva sobre la Tarjeta Azul de la Unión Europea, que se introdujo en 2009 y resultó inadecuada para el sector de las artes en vivo. Se trata de una directiva cuyo objetivo es atraer a los nacionales de terceros países altamente cualificados. A través de la Tarjeta Azul, los trabajadores altamente cualificados de países no comunitarios pueden vivir y trabajar en la Unión Europea.

Dado que la Directiva no se adaptaba adecuadamente a la realidad del sector de las artes en vivo, el Consejo y Parlamento Europeo han acordado algunos cambios para modificarla. A continuación, se presentan los cambios que se introducen en la Directiva Revisada 2021/1883 relativa a las condiciones de entrada y residencia de nacionales de terceros países para fines de empleo altamente cualificado:

  • Contrato de trabajo válido u oferta de trabajo vinculante de un mínimo de 6 meses.
  • El importe del salario bruto anual no podrá ser inferior al umbral salarial fijado y publicado por el Estado miembro en cuestión. Pueden aplicarse umbrales salariales más bajos en algunos casos.
  • Cada Estado miembro decide un periodo de validez estándar, pero el mínimo es de 24 meses. Si el contrato de trabajo es inferior a 24 meses, la validez es la del contrato de duración más 3 meses.
  • El plazo de tramitación es de 90 días. En caso de empleadores reconocidos, se aplican procedimientos simplificados .
  • Acceso más fácil a otros puestos de trabajo altamente cualificados. Además, el titular de la Tarjeta Azul también puede, paralelamente al contrato de trabajo, trabajar por cuenta propia.
  • Tras 12 meses de residencia legal, el titular de la Tarjeta Azul de la Unión Europea puede trasladarse a un segundo Estado miembro y solicitar una nueva tarjeta mediante un procedimiento rápido y sencillo.

Estos cambios armonizan las condiciones de entrada y residencia de los trabajadores altamente cualificados y aumentan el atractivo de la Tarjeta Azul de la Unión Europea. Establecen criterios de admisión más inclusivos, facilitan la movilidad intracomunitaria y la reagrupación familiar, simplifican los procedimientos para los empleadores reconocidos y conceden un nivel muy alto de acceso al mercado laboral. Se ha de tener en cuenta que esta Directiva se refiere a las condiciones de entrada y residencia durante más de tres meses en el territorio de los Estados miembros y a los derechos de nacionales de terceros países.

Se entiende por empleo altamente cualificado el realizado por una persona que, en el Estado miembro de que se trate, esté protegido como trabajador por cuenta ajena en virtud de la legislación laboral nacional, con el fin de ejercer un trabajo efectivo, que se le remunere por ese trabajo y que tenga las cualificaciones profesionales superiores requeridas para realizarlo.

Para solicitar la Tarjeta Azul de la Unión Europea se debe aportar:

  • Un contrato de trabajo válido o una oferta de trabajo vinculante para un empleo altamente cualificado, durante un período de al menos seis meses en el Estado miembro en cuestión.
  • Un documento de viaje válido y, si se requiere, una solicitud de visado o un visado válido.
  • Prueba de un seguro de enfermedad para todos los riesgos normalmente cubiertos para los nacionales del Estado miembro de que se trate.
  • Para las profesiones no reguladas: presentar los documentos que acrediten las cualificaciones profesionales superiores pertinentes en relación con el trabajo que se vaya a realizar.
  • Para las profesiones reguladas: presentar los documentos que acrediten el cumplimiento de las condiciones establecidas en la legislación nacional para el ejercicio por parte de los ciudadanos de la Unión Europea de la profesión especificada en el contrato de trabajo o en la oferta de empleo vinculante.

Respecto al sector de las artes en vivo, la Directiva hace referencia a los grupos 1 y 2 de la CIUO (Clasificación Internacional Uniforme de Ocupaciones). Entre estas profesiones se incluyen: escritores y artistas creativos o escénicos; autores, periodistas y otros escritores; escultores, pintores y artistas afines; compositores, músicos y cantantes; coreógrafos y bailarines, actores y directores de cine y teatro.

La Directiva modificada entrará en vigor el 27 de noviembre de 2021, tras esta fecha los Estados miembros tendrán 2 años para transponer la directiva a la legislación nacional, es decir, hasta el 18 de noviembre de 2023.

Para mayor información, puedes consultar: la página web oficial de la Unión Europea sobre la Tarjeta Azul y el texto final de la Directiva.