Protección contra el cambio climático como derecho humano

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El Tribunal Europeo de Derechos Humanos dictamina que es un derecho humano estar protegido contra el cambio climático. El TEDH dictaminó en un caso suizo (Verein KlimaSeniorinnen Schweiz y otros contra Suiza) que es un derecho humano estar protegido contra el cambio climático y que los gobiernos tienen que asumir su responsabilidad. El caso se refería a una denuncia presentada por cuatro mujeres y una asociación suiza, Verein KlimaSeniorinnen Schweiz, cuyos miembros están preocupados por las consecuencias del calentamiento global en sus condiciones de vida y su salud. Consideran que las autoridades suizas no están tomando medidas suficientes para mitigar los efectos del cambio climático.

El Tribunal consideró que el Convenio engloba el derecho a una protección eficaz por parte de las autoridades estatales frente a los graves efectos adversos del cambio climático sobre la vida, la salud, el bienestar y la calidad de vida.

Mientras que el Tribunal consideró que los cuatro demandantes individuales no cumplían los criterios de la condición de víctima con arreglo al artículo 34 del Convenio y, por tanto, declaró inadmisibles sus denuncias, no era éste el caso de la asociación. La asociación demandante, por el contrario, tenía derecho a presentar una denuncia.

Por ello, el Tribunal consideró que se había violado el derecho al respeto de la vida privada y familiar del Convenio y que se había violado el derecho de acceso a los tribunales. El Tribunal consideró que la Confederación Suiza había incumplido sus deberes («obligaciones positivas») en virtud de la Convención en relación con el cambio climático.

 

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