A principios de octubre de 2021, la Comisión Europea propuso la revisión del Reglamento General de Exención por Categorías (RGEC) con el objetivo de facilitar medidas de ayuda para promover la transición verde y digital de la Unión Europea.

El RGEC declara compatibles con el Tratado determinadas categorías de ayudas estatales y las exime del requisito de notificación previa y aprobación por la Comisión Europea, siempre que cumplan ciertas condiciones. La exención de determinadas ayudas de la obligación de notificación y aprobación por parte de la Comisión Europea es una simplificación importante, que permite a los Estados miembros conceder rápidamente las ayudas.

La Comisión Europea propone incluir en el RGEC una nueva categoría «Ayudas para la protección del medio ambiente y la energía», en la que se persiguen los siguientes objetivos:

  • Ampliar las posibilidades de los Estados miembros para apoyar proyectos «verdes» como: la reducción de las emisiones de CO2, la rehabilitación de hábitats y ecosistemas naturales, la protección de la biodiversidad, los vehículos limpios o de emisiones cero y las infraestructuras de recarga y repostaje.
  • Introducir nuevas condiciones «verdes» que las grandes empresas, que hacen un uso intensivo de la energía, deben cumplir para recibir ayudas en forma de tipos impositivos reducidos. Esto garantizará que las ayudas se traduzcan en un aumento de la eficiencia energética y en una reducción sustancial de las emisiones de gases de efecto invernadero del beneficiario.
  • Integrar las energías renovables en el sistema eléctrico. Ampliar las actuales exenciones de ayudas a la inversión y a la explotación de las energías renovables, para incluir los proyectos de almacenamiento que estén directamente conectados a las instalaciones de generación de energía limpia y renovable.
  • Facilitar las inversiones en hidrógeno verde, proporcionando exenciones en bloque para las ayudas a inversiones en infraestructuras de hidrógeno.
  • Incentivar los proyectos de renovación de edificios, introduciendo una «bonificación verde».

Podría ser interesante para las organizaciones culturales acogerse a los planes específicos previstos en esta nueva categoría. De esta forma, se podría solicitar una ayuda financiera sin que el gobierno de cada Estado miembro tenga que notificárselo a la Comisión Europea.

Cabe señalar que la cultura está específicamente incluida como categoría en el RGEC desde 2014. Por tanto, las organizaciones culturales se benefician de una exención y pueden recibir ayudas sin necesidad de notificarlo previamente a la Comisión Europea. De acuerdo con el artículo 53 sobre «Ayudas a la cultura y a la conservación del patrimonio», se permiten las siguientes excepciones:

  • Ayudas a la inversión (importe máximo de 150 millones de euros), incluidas las obras de construcción, conservación o mejora de una infraestructura o adquisiciones
  • Ayudas de funcionamiento (importe máximo de 75 millones de euros), que cubren todos los gastos diarios de una organización o un proyecto de artes escénicas.